miércoles, 4 de noviembre de 2009

Nota de Daniel Solorio Ramírez sobre LYFC

Como siempre es un verdadero gusto leer una comunicación del querido amigo y maestro Daniel Solorio Ramírez:
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COMPAÑIA DE LUZ Y FUERZA DEL CENTRO Y TERMINACIÓN ADMINISTRATIVA DE RELACIONES DE TRABAJO.
Daniel Solorio Ramírez*
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La Ley Federal de Empresas Paraestatales ( art. 16 ) concede poderes al presidente para “… extinguir …” empresas publicas del gobierno federal “incosteables” pero omite toda referencia a los derechos de los trabajadores de esas empresas. Esa omisión, empero, debe ser interpretada en el marco del articulo 123 Constitucional y de la Ley Federal del Trabajo, en cuya virtud nadie sino los tribunales del trabajo pueden autorizar la terminación de las relaciones de trabajo previas las formalidades esenciales del procedimiento y con audiencia de los trabajadores. Se impone, pues, una interpretación conforme a la Constitución, y no una lectura letrista de la ley.
Pero en el caso de Luz y Fuerza del Centro, el presidente Calderón tenía prisa. No le pareció necesario que la empresa oyera en juicio a sus trabajadores ni a su sindicato en cuanto a la supuesta incosteabilidad de la empresa. Prefirió ser dogmático. Así, simultáneamente a la “…extinción…” de L y F C dio por concluidas las relaciones laborales con los aproximadamente 45 000 trabajadores y dispuso que todos sean indemnizados, quiéranlo o no. Su pretensión evidente es destruir al Sindicato de Trabajadores Electricistas, abierto opositor desde hace muchos años de los intentos de privatización de la industria eléctrica.
Por eso los trabajadores y su sindicato ( SME ) hoy están peleando ante los tribunales de amparo y simultáneamente ante los del trabajo su derecho a probar que la empresa no es incosteable. Que no hay razón jurídica para cerrarla. Sostienen que la facultad del presidente no es omnímoda, sino controlada por la Constitución, por la LFT y por la propia Ley de Paraestatales. Afirman que el presidente solo puede cerrar empresas cuya incosteabilidad sea probada en juicio con audiencia de los trabajadores y su sindicato.
Porque en derecho mexicano del trabajo el empresario no puede cerrar su empresa a voluntad sino únicamente por causa justificada y previa audiencia de sus trabajadores. ¿estamos de acuerdo en esto,..?
Pero en fin, de algo no parece haber mayor duda: en el caso del SME y de Luz y Fuerza del Centro el presidente ha obrado absolutamente al margen del orden jurídico. Predeciblemente será derrotado en los tribunales.
¿ o cual es tu opinión jurídica, amigo abogado,..?
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*El autor es profesor de derecho constitucional y amparo en la facultad de derecho Mexicali UABC.